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lunes, 29 de junio de 2015

ACLARACIÓN AL COMUNICADO DE PRENSA EN TORNO A LA OPINIÓN QUE EMITE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

México, D. F., a 24 de junio de 2015


A LA OPINIÓN PÚBLICA:

En alcance al comunicado de prensa de fecha 24 de los corrientes que emitió Taxistas Organizados de la Ciudad de México, por sus siglas TOCDMX, nos permitimos hacer las siguientes precisiones:

Este en todo momento se debe de entender que los comentarios expuestos por TOCDMX atienden única y exclusivamente a la indebida e ilegal postura que sobre el problema que nos ocupa ha exteriorizado la “COMISION DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL”, mediante su boletín de prensa 142/2015, en adelante identificado como “Boletín” para su pronta referencia, el que además de ser incongruente e irracional, se emite con franca violación de las atribuciones y facultades que le impone la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en sus artículos 5 y 17 fracción II. 

El “Boletín” claramente se entiende un acto público más que lejos de buscar una solución a la problemática que nos ocupa, se emite para pretender legitimar una actividad que se considera ilícita por la Leyes Mexicanas. 

La intervención protagonista e indebida por parte de la CDHDF en el asunto que nos ocupa se entiende así, ya que las observaciones que se contienen en el “Boletín” bien puede encuadrarse en los supuestos del artículo 17 fracción II de su Ley, esto es, en los actos u omisiones en que han incurrido las autoridades del Gobierno del Distrito Federal y de manera particular el Secretario de Movilidad, han permitido y tolerado la comisión de ilícitos, funcionario que se ha negado infundadamente a ejercer las atribuciones que legalmente les correspondan en relación con dichos ilícitos.

Esto se sostiene, ya que en términos de lo que señala la Ley de Movilidad en sus artículos 258 y 260 se considera como DELITO tanto la prestación del servicio público individual de transporte de pasajeros en el Distrito Federal sin contar con concesión, como la actividad desarrollada por terceros tendiente a dirigir, organizar, incitar, inducir, compeler o patrocinar a otro u otros, a prestar el servicio público de transporte de pasajeros sin contar con la concesión correspondiente, por lo que resulta aún más incongruente y contradictorio el “Boletín”, ya que como lo indica este, la reiterada “queja” se apertura ante la falta de intervención de la autoridad respecto de la prestación del servicio de transporte público tipo Taxi sin que cuente con la concesión respectiva.

De igual forma resulta importante destacar, que los señalamientos que se efectúan a la persona del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Lic. Miguel Ángel Mancera, se deben de entender sólo como un reclamo ciudadano ante la actitud pasiva y complaciente que han mostrado algunos funcionarios públicos que integran su gabinete, de manera particular el Secretario de Movilidad, no así a la postura concertadora, amigable y de entendimiento que en todo momento ha mostrado el Titular del Gobierno del Distrito Federal, de la cual si bien a la fecha no se han encontrado coincidencias o canales claros de comunicación y diálogo entre las partes involucradas en dicha problemática, nos queda claro que no ha sido hasta el día de hoy por una acción clara y definida que haya propuesto el Jefe de Gobierno, respecto de la cual y una vez que se exteriorice, haremos los comentarios correspondientes.
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