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Martha Avila Te Informa
En términos del Artículo 24, Fracción III, de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, son Actos de Crueldad y Maltrato, las acciones que dañen a la salud de cualquier animal, provenientes de sus dueños, poseedores, encargados o de terceros que entren en relación con ellos.
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